Comisión de Seguridad Ciudadana para informar sobre la anulación del contrato de los aparcamientos subterráneos y ORA.
En la Comisión de ayer convocada a requerimiento
del Grupo Popular se informó de los hechos y circunstancias que se han sucedido
desde 1999, año en que se adjudicó el contrato.
Todo lo conoce perfectamente el Grupo Popular ya
que ellos han sido los responsables de las circunstancias en las que ahora se
encuentra el Ayuntamiento, teniendo que licitar el contrato y hacer frente
posteriormente a las indemnizaciones por la construcción de los aparcamientos
en su día.
Después de 15 años de la anulación del contrato en
primera instancia, es delirante que el PP exija información. Desde junio de
2015 se está preparando el Pliego que el PP fue incapaz de sacar en todos estos
años.
Hay que recordar también que la sentencia de 2006
ratificando la anulación, fue con condena en costas para el Ayuntamiento.
La sucesión de hechos es la siguiente:
1. El 8 de octubre de 1999, el Pleno del
Ayuntamiento adjudica el contrato para la construcción y explotación de los
aparcamientos subterráneos para vehículos automóviles en el subsuelo de la
Plaza de San Martín y en la Plaza de La Constitución, a favor de la UTE formada
por Dragados y Construcciones, S.A. y Urbaser, S.A.
2. Se recurre por un tercero, la Sociedad
Mercantil Dornier, S.A. El Ayuntamiento de Zamora está defendido por el Letrado
Sr. Hernández Figueruelo. Se dicta sentencia por el Tribunal Superior de
Justicia de Castilla y León el día 21 de septiembre de 2004. Se anula el
contrato por no disponer del anteproyecto de explotación.
5. El plazo para la ejecución, una vez
firme la Sentencia, que se produce tras al auto del TS y comunicada al
Ayuntamiento, este disponía de dos meses para su ejecución. La Sentencia es
comunicada al Pleno del Ayuntamiento el 29 de diciembre de 2006 para ser
cumplida por el entonces Equipo de Gobierno.
6. En el Pleno de 29 de enero de 2008, y
siendo Portavoz en este asunto el Sr. González Prada, se acuerda que inadmitir
la petición de la concesionaria de dejar de prestar el servicio por los
perjuicios que podría ocasionar, y mantener el acuerdo de Pleno de 29 de
diciembre de 2006 que acordaba la inmediata licitación del servicio. Ello
significaba licitar el servicio de forma urgente
7. El 24 de junio de 2015, el actual Equipo
de Gobierno conoce la sentencia que ordena licitar el servicio en el plazo de 3
meses e indemnizar a la empresa. Dicha sentencia anuncia que existe una
peritación de parte.
9. Los servicios jurídicos del Ayuntamiento
acuerdan recurrir dicha sentencia en el sentido de saber exactamente a qué
empresa o grupo de empresas tiene que liquidar el Ayuntamiento los
aparcamientos, en su caso.
10. El Equipo de Gobierno, promueve un decreto
el 24 de julio de 2015, por el que se encomienda se comience a estudiar la
liquidación de los aparcamientos.
11. En el mismo sentido se emite Decreto de
10 de febrero de 2016, por el que se continúa en la línea de encomendar los
trabajos con el fin de elaborar el pliego de condiciones técnicas particulares
al Jefe del Servicio de Hacienda, en este asunto.
En la actualidad se está muy avanzada la
elaboración de los documentos necesarios para ello, como son:
La
Ordenanza sustantiva del servicio
La
Ordenanza fiscal
Los
pliegos de cláusulas administrativas y técnicas
En todo caso, se dará al PP y al resto de
los Grupos acceso a todos los expedientes sobre la anulación de este contrato
en 2004 en primera instancia y el 2006 por sentencia firme.