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Se archivan las denuncias por ruidos en viviendas a pesar de la bronca del Procurador del Común

Existe una actitud claramente prevaricadora de los responsables políticos de urbanismo

Desde hace años IU ha venido denunciando una situación de absoluta indefensión de los ciudadanos que denuncian en la Policía Municipal ruidos de viviendas. La situación ha llegado a ser insoportable al ser sistemáticamente archivadas por falta de normativa municipal que sea capaz de llevar adelante las denuncias.

Los últimos archivos de denuncias de particulares por ruidos en viviendas colindantes (una decena) son del pasado mes de marzo, y son la gota que colma el vaso, ya que el archivo ha sido sistemático desde hace muchos años. Pero estos archivos son los primeros después de que el Procurador del Común advirtiera que la Alcaldesa tiene obligación de tramitar las denuncias con la Ley del Ruido de Castilla y León del año 2003, y a pesar de la vergüenza que supone que la Ordenanza contra el Ruido del Ayuntamiento data de 1990 y no se adapta a la normativa vigente.

Una vergüenza para el Equipo de Gobierno y una indefensión para los ciudadanos

Los zamoranos que denuncian ruidos en otras viviendas acuden a la Policía Municipal convencidos de que el sistema funcionará, es decir, que su denuncia se tramitará y lograrán acabar con la pesadilla. Pero nunca ha sido así. La policía cumple con su obligación, levanta los partes correspondientes y miden la intensidad del sonido para ver si se ajusta a la legalidad. A partir de ahí la denuncia acaba en la papelera 

El Grupo de IU detectó esta situación y después de advertirlo en Comisiones Informativas y plenos, no quedó otra solución que denunciarlo ante El Procurador del Común en el año 2011. El Partido Popular, por desgracia, suele actuar de esa manera: da igual lo que diga la oposición, el rodillo político manda. 

Resolución del Procurador del Común

El Procurador del Común resolvió en mayo de 2013 de manera favorable a la queja planteada por IU; es decir el Ayuntamiento tiene la obligación de tramitar las denuncias por ruidos. El Procurador requirió en tres ocasiones al Ayuntamiento si aceptaba la recomendación dada de no archivar las denuncias y tramitarlas a pesar del desfase de la Ordenanza, que data de 1990, pero el Ayuntamiento nunca le respondió ni se comprometió a nada.

Como decimos, el Grupo de IU decidió recurrir al Procurador del Común ante el hecho de archivo masivo de denuncias de ciudadanos por ruidos, y el posterior archivo por parte del Ayuntamiento.

En un primer momento, por desidia absoluta, y más tarde con el amparo de un informe técnico de marzo de 2011 que decía que “existían dudas” para aplicar la Ordenanza de Ruidos a este tipo de denuncias derivando la acción ciudadana a los Juzgados, cosa que, por supuesto, apenas se hace por el coste económico que supone, y que deja en total indefensión a los ciudadanos.

Un informe de mayo de 2011 es la base para la inactividad del Ayuntamiento

Lo que vienen a decir los técnicos es que nada se puede hacer con una Ordenanza contra el Ruido de 1990 superada por la Ley del Ruido de Castilla y León de 2003 y de la normativa estatal. El Informe concluía:

“El Asesor Jurídico y Jefe de Servicio de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Zamora,  en respuesta a la comunicación interna del Sr. Inspector Jefe de la Policía Local en el que se nos solicita que se nos comunique el departamento competente para tramitar una denuncia sobre molestias a vecinos derivadas de ruidos de música y voces, pone en su conocimiento lo siguiente:

En relación con esta cuestión, es necesario partir de la  Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en la que se establece, en su exposición de motivos y al regular su ámbito de aplicación, la exclusión del alcance de la Ley de la contaminación acústica originada en la práctica de actividades domésticas o las relaciones de vecindad…

Siendo así, la competencia de este departamento se refiere únicamente a los ruidos que pudieren incluirse dentro del ámbito de aplicación de dicha norma, en cuanto que puedan afectar a locales o actividades y a las licencias otorgadas para el funcionamiento de los mismos.”

En definitiva, se tramitaban las denuncias sobre actividades sujetas a licencias (actividades comerciales e industriales), recomendando, naturalmente la puesta al día de la Ordenanza Municipal de 1990.

El Procurador del Común defendió a los ciudadanos, el Ayuntamiento no

El Procurador es muy claro. Por un lado dice que el Ayuntamiento tiene que modificar la Ordenanza sobre ruidos que data de 1990 adaptándola a la Ley del Ruido de Castilla y León del año 2003. Estamos en 2005 y nada ha hecho el PP.

Y por otro dice que el Ayuntamiento no ha obrado correctamente al archivar decenas y decenas de denuncias de particulares por ruidos en viviendas ya que con la actual Ordenanza podían haberse tramitado. Dice que la Policía Local tiene que ir al domicilio, medir el ruido y seguir con la tramitación de la denuncia.

Con los nuevos archivos de marzo de 2015 por denuncias de ruidos la Alcaldesa sigue tomando el pelo a los ciudadanos

Queda patente que no hay trabajo político del Equipo de Gobierno en el sentido de la Recomendación del Procurador.Es palmario que durante años se ha tomado el pelo a los ciudadanos, ya que todos los que acudían a denunciar ruidos en viviendas recibían buenas palabras para, a renglón seguido, tirar la denuncia a la papelera.

Es impresentable que se tiren a la basura las denuncias de particulares por ruidos, es indecente que después de tantos años todo siga igual. Lo peor es que con muchas ordenanzas pasa lo mismo ya que están totalmente desfasadas


Ordenanzas desfasadas

La mayoría de las Ordenanzas Municipales o están desfasadas o son de imposible aplicación técnica en cuanto al procedimiento sancionador. Incluso algunas establecen sanciones por encima de lo permitido por la Ley. ¿Con cuánto pueden multar los Alcaldes?
Las faltas consideradas leves en las Ordenanzas, hasta 750€; las graves y muy graves pueden hacerlo hasta los 3.000€. Lo dice la Ley de Bases de Régimen Local. Y la Ley está por encima de las Ordenanzas.

Pues bien, la Ordenanza de Drogodependencia dice que la Alcaldesa puede imponer sanciones de hasta 600.000€; la de Animales de Compañía dice que puede imponer sanciones de hasta 15.000€. Incluso la Ordenanza del Transporte Urbano, aprobada hace unos meses, dice que la Alcaldesa puede imponer sanciones de hasta 6.000€, el doble de lo permitido.

Conclusión: El Mapa del Ruido que hizo el Ayuntamiento y pagó la Junta costó 150.000€. ¿Para qué se quiere si la Ordenanza está completamente desfasada?

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