IU pide acabar de una vez por todas con prácticas del dedazo que llevan inevitablemente a la corrupción
La mitad de la
contratación en el Ayuntamiento de Zamora se realizó por contratos menores a
dedo
La estadística que reproducimos ha sido
realizada por la INTERVENCIÓN GENERAL del Ayuntamiento de Zamora. Se refiere a
los 10 primeros meses del año 2014,
poniendo de manifiesto que el 49% de los
contratos han sido contratos menores, el 10% procedimientos sin publicidad y el
41% procedimientos abiertos.
Los datos de contratación en cuantías
económicas son los siguientes:
2. Cuantía
de los procedimientos negociados sin publicidad: 697.130,72€.
3. Cuantía
de los procedimientos abiertos: 3.642.211,39€
Si tenemos en cuenta que de estos últimos
procedimientos forman parte la Escuela de Enfermería (1.800.000), la obra de
Terminación del Matadero (420.000€), o el servicio de limpieza de Colegios
(950.000€), queda meridianamente claro que la
inmensa mayoría de los procedimientos son contratos menores y procedimientos
sin publicidad.
¿Es legal esta manera de proceder? Pues
depende. La normativa de contratación NO
permite que se utilicen los procedimientos a dedo. Tanto en los contratos
menores (según se establece en las bases de ejecución del Presupuesto), como en
los procedimientos sin publicidad hay que llamar como mínimo a tres empresas y,
además, motivar el modelo de
procedimiento propuesto y motivar la elección de empresas.
La Ley de Contratos y las Juntas Consultivas
de Contratación, han dejado meridianamente claro sobre los contratos menores y
los procedimientos sin publicidad que:
a) Es
imprescindible la motivación del procedimiento seguido (contrato
menor y procedimiento negociado sin publicidad).
b) Es
imprescindible la motivación en cuanto a la elección de las empresas para concurrir,
tanto en los contratos menores, según las Bases de Ejecución del Ayuntamiento
de Zamora, como en los procedimientos sin publicidad.
c) Es
imprescindible la fijación cierta del precio establecido especialmente en los
contratos menores relativos a servicios.
d) Es
ilegal el fraccionamiento del objeto del contrato.
Para IU, la manera de proceder especialmente
en la Concejalía de Obras y en la de
Medio Ambiente ha sido totalmente arbitraria en la mayoría de los contratos
menores y en la elección de empresas. Las prácticas del PP, son totalmente
oscuras y la ciudadanía quiere transparencia en el control de los fondos
públicos.